Falta de toma de posesión de un concejal electo al que no se logra notificar
La no formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local establecen un plazo para ella; debe convocarse nuevamente al concejal electo para que tome posesión, incluso, si fuera necesario, publicando edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
También afecta a: § 23.6