Acuerdo 317/1994, de 12 de junio de 1994

AcuerdoCaso concreto

Recurso extemporáneo contra la designación de vocal no judicial de Junta de Zona

Resumen

Inadmite por extemporáneo el recurso contra la designación de un vocal no judicial de la Junta Electoral de Zona de Cistierna, impugnada por carecer de residencia en el partido judicial; no obstante, advierte a la Junta Electoral Provincial de León de que al designar a los vocales no judiciales de las Juntas de Zona debe comprobar que reúnen los requisitos del artículo 11.1 b) de la LOREG.

Epígrafe
§ 20.1 Recursos ante la JEC contra acuerdos de otras Juntas: admisibilidad
Sesión
1994-06-12
Expediente
130/5

También afecta a: § 1.6

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