Designación de vocal no judicial de Junta Electoral Provincial por sustitución
Trámite: la Presidencia, por delegación de la JEC, designa un nuevo vocal no judicial de la Junta Electoral Provincial de Burgos en sustitución del anterior, conforme al artículo 10.1.b) de la LOREG y a la propuesta remitida, y ordena su publicación en el BOE.