Voto personal de los inscritos en el censo de residentes ausentes
Desestima el recurso del Partido Comunista de España y declara ajustado a Derecho el acuerdo de la JEC de 24 de febrero: la remisión del artículo 75 de la LOREG al artículo 73 impide el ejercicio personal del derecho de sufragio por los inscritos en el censo de residentes ausentes.
También afecta a: § 14.5