Acuerdo 35/1986, de 27 de febrero de 1986

AcuerdoCriterio general

Voto personal de los inscritos en el censo de residentes ausentes

Resumen

Desestima el recurso del Partido Comunista de España y declara ajustado a Derecho el acuerdo de la JEC de 24 de febrero: la remisión del artículo 75 de la LOREG al artículo 73 impide el ejercicio personal del derecho de sufragio por los inscritos en el censo de residentes ausentes.

Epígrafe
§ 26.1 Referéndum: administración electoral, procedimiento, votación y escrutinio
Sesión
1986-02-27
Expediente
000/86022706

También afecta a: § 14.5

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