Sustitución de concejal electo al que no se logra notificar la convocatoria para tomar posesión
La falta de formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal mientras el electo no renuncie, pues ni la legislación electoral ni la de régimen local establecen plazo para tomar posesión; debe seguir convocándosele a las sucesivas sesiones plenarias, incluso publicando edicto en el Boletín Oficial de la Provincia si fuera necesario, para que formalice su toma de posesión.
También afecta a: § 23.6