Acuerdo 36/1988, de 23 de junio de 1988

AcuerdoCriterio general

Nombramiento de comisión gestora en municipio en régimen de concejo abierto

Resumen

Aunque el artículo 182 de la Ley Electoral parece referirse únicamente a los Ayuntamientos de régimen ordinario, ha de estarse a lo establecido en ese precepto para el nombramiento de comisiones gestoras en los Ayuntamientos que funcionan en régimen de concejo abierto.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
1988-06-23
Expediente
000/88062310

También afecta a: § 22.9

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