Declaración de la incompatibilidad entre los cargos de concejal y juez de paz
Corresponde al Pleno de la Corporación Local declarar la incompatibilidad entre el cargo electo y el cargo incompatible, una vez que la incompatibilidad se produzca efectivamente y no con anterioridad; no obstante, antes de la toma de posesión cabe renunciar a tomar posesión como electo.
También afecta a: § 5.6