Acuerdo 364/1994, de 3 de octubre de 1994

AcuerdoCriterio general

Declaración de la incompatibilidad entre los cargos de concejal y juez de paz

Resumen

Corresponde al Pleno de la Corporación Local declarar la incompatibilidad entre el cargo electo y el cargo incompatible, una vez que la incompatibilidad se produzca efectivamente y no con anterioridad; no obstante, antes de la toma de posesión cabe renunciar a tomar posesión como electo.

Epígrafe
§ 5.9 Apreciación de la incompatibilidad: competencia, opción y efectos
Sesión
1994-10-03
Expediente
251/23

También afecta a: § 5.6

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