Acuerdo 37/1990, de 15 de junio de 1990

AcuerdoCaso concreto

Comisión gestora por renuncia de todos los concejales y suplentes de una lista

Resumen

Al resultar imposible cubrir las vacantes de cinco de los once concejales del Ayuntamiento del Perelló por la renuncia de todos los concejales y suplentes de una candidatura, la Generalidad de Cataluña debe constituir, conforme al artículo 182 de la LOREG, una comisión gestora integrada por los seis concejales que continúan y por cinco personas de adecuada idoneidad y arraigo, teniendo en cuenta los resultados de las últimas elecciones municipales.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
1990-06-15
Expediente
000/90061503

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