Acuerdo 377/2003, de 25 de mayo de 2003

AcuerdoCaso concreto

Colocación de las papeletas de candidaturas de denominación similar en los locales electorales

Resumen

Las papeletas estarán situadas en las cabinas o en una mesa auxiliar próxima a ellas, sin que sea necesario hacer indicación alguna a las Mesas electorales sobre su colocación; se responde así a la solicitud de que no se colocaran juntas las papeletas de «Los Verdes de Andalucía» y de «Izquierda Unida-Los Verdes-Convocatoria por Andalucía».

Epígrafe
§ 16.3 Emisión del voto y secreto del sufragio
Sesión
2003-05-25
Expediente
310/206

También afecta a: § 13.3

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