Cauce para discutir la validez de una credencial de concejal ya expedida
Una vez expedida la credencial al candidato siguiente en virtud de la vacante declarada por la Cámara o corporación competente, cualquier cuestión relativa a la validez de la credencial ha de dilucidarse por el cauce jurisdiccional pertinente.
También afecta a: § 20.4