Sondeos a los electores el día de la votación junto a los colegios electorales
Es posible realizar sondeos el día de la votación siempre que las preguntas a los electores sobre el sentido de su voto se hagan fuera de los colegios electorales y de sus inmediaciones, entendiéndose por tales los espacios físicos donde se encuentren personas para ejercer el derecho de sufragio.
También afecta a: § 16.4