Exclusión de formación sin representación de un debate de RTVE en elecciones europeas
Desestima la reclamación de Volt Europa por su exclusión del debate entre candidatos al Parlamento Europeo previsto en el plan de cobertura de RTVE: corresponde al medio decidir si organiza debates, limitándose la Junta a velar por el respeto de los principios de pluralismo político y social, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa (artículo 66 de la LOREG e Instrucción 4/2011); no es contrario a ellos, según criterio reiterado, que los debates se circunscriban a las formaciones con representación en las últimas elecciones equivalentes, a las que RTVE ha añadido una formación considerada grupo político representativo por haber superado el 5% del voto nacional en las elecciones generales de abril de 2019. La reclamante no obtuvo representación en las últimas elecciones europeas ni tiene esa consideración.
También afecta a: § 11.7