Acuerdo 40/1987, de 24 de abril de 1987

AcuerdoCaso concreto

Cómputo de población para medios públicos de partido que concurre solo y coaligado

Resumen

Desestima el recurso de reposición del Partido Demócrata Popular contra el acuerdo de la JEC sobre el cómputo del 50 % de la población de derecho de las circunscripciones incluidas en el ámbito de los medios de difusión de titularidad pública cuando un partido presenta candidaturas en solitario y, en otras circunscripciones, formando parte de coaliciones: la coalición electoral y el partido son entidades políticamente distintas.

Epígrafe
§ 11.1 Espacios gratuitos: derecho y criterios de distribución
Sesión
1987-04-24
Expediente
000/87042414

También afecta a: § 7.2

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