Acuerdo 401/2003, de 3 de junio de 2003

AcuerdoCaso concreto

Impugnación del proceso electoral municipal por irregularidades en el voto por correo

Resumen

Desestima el recurso de Izquierda Unida contra el proceso electoral en Trillo, sin perjuicio de lo que pueda resultar en sede jurisdiccional: la reclamación no se refiere a incidencias, protestas o reclamaciones que consten en las actas de las Mesas o en la del escrutinio general, sino a supuestas irregularidades en la tramitación del voto por correo de residentes en un centro ocupacional, de las que no se ofrece prueba; el acta de manifestaciones aportada no acredita su certeza, ni que los afectados figurasen como solicitantes y votantes por correo sin haber intervenido, ni siquiera que sean electores de Trillo. La Junta Electoral de Zona deberá proclamar los electos conforme al escrutinio general.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
2003-06-03
Expediente
333/215

También afecta a: § 14.4

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