Falta de toma de posesión de concejales electos pese a reiteradas convocatorias
La falta de formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local fijan un plazo para tomar posesión: quien no la ha formalizado conserva la condición de concejal electo mientras no renuncie y debe ser convocado nuevamente a ese efecto. Es doctrina reiterada (Acuerdos de 21 de octubre de 1988, 27 de septiembre de 1996, 8 de abril de 2010 y 9 de octubre de 2014, entre otros).
También afecta a: § 23.6