Acuerdo 412/2021, de 22 de diciembre de 2021

AcuerdoCriterio general

Denuncia tardía de hechos de la jornada electoral no denunciados ante la Junta competente

Resumen

No corresponde a la JEC pronunciarse sobre la legalidad de hechos ocurridos durante el período electoral que no fueron denunciados en su momento, en tiempo y forma, ante la Junta Electoral competente, lo que se comunica al denunciante de la actuación de una Mesa de Móstoles respecto de las funciones de un apoderado de UDEC.

Epígrafe
§ 20.2 Denuncias, quejas y reclamaciones: legitimación y tramitación
Sesión
2021-12-22
Expediente
330/274

También afecta a: § 15.2

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