Denuncia tardía de hechos de la jornada electoral no denunciados ante la Junta competente
No corresponde a la JEC pronunciarse sobre la legalidad de hechos ocurridos durante el período electoral que no fueron denunciados en su momento, en tiempo y forma, ante la Junta Electoral competente, lo que se comunica al denunciante de la actuación de una Mesa de Móstoles respecto de las funciones de un apoderado de UDEC.
También afecta a: § 15.2