Ratificación de la negativa a ampliar el plazo del voto desde el extranjero
Ratifica el Acuerdo de 17 de septiembre de 2015, que denegó ampliar el plazo de remisión del voto por correo de los electores en el extranjero en las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2015, porque de los informes de la Oficina del Censo Electoral, de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos y de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios se desprende que no se han acreditado circunstancias excepcionales o alteraciones inusuales que justifiquen modificarlo. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo de la Generalitat de Cataluña (STS 2812/2017, de 28 de junio).
También afecta a: § 14.7