Acuerdo 428/2015, de 27 de septiembre de 2015

AcuerdoCriterio general

Publicidad de los datos de las actas consulares del voto de residentes ausentes

Resumen

Los datos incluidos en las actas consulares deben recibir un tratamiento similar al de las actas de las Mesas electorales: al ser datos públicos, deben hacerse constar en las dependencias de la Oficina Consular, una vez concluidas todas las operaciones electorales, y en la página web del Consulado.

Epígrafe
§ 14.6 Voto de los residentes en el extranjero (CERA): escrutinio e incidencias
Sesión
2015-09-27
Expediente
321/381

También afecta a: § 17.7

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