Acuerdo 43/1982, de 4 de octubre de 1982

AcuerdoCriterio general

Inicio de la competencia de las Juntas Electorales sobre la programación de televisión

Resumen

Las competencias de las Juntas Electorales sobre la programación de televisión comienzan con el inicio de la campaña electoral, lo que se comunica a Fuerza Nueva en respuesta a su reclamación.

Epígrafe
§ 11.4 Información electoral en medios públicos: proporcionalidad y neutralidad
Sesión
1982-10-04
Expediente
000/82100408

También afecta a: § 1.2

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