Inelegibilidad de los miembros en activo de la Policía Local
Los miembros en activo de las Policías Locales o Municipales son inelegibles conforme a los artículos 6.1.i) y 177 de la LOREG, y la calificación de inelegible se produce el mismo día de la presentación de la candidatura, según el artículo 7.1; es criterio reiterado. No corresponde a la JEC pronunciarse sobre la situación administrativa de un miembro del Cuerpo de la Policía Local.