Renuncia de un vocal de la Junta Electoral Central
Trámite: se toma conocimiento de la renuncia de un vocal de la JEC, con efectos de 27 de mayo de 2019, aceptada por la Presidencia conforme al artículo 17 de la LOREG, y se da traslado para que se proceda a su sustitución de acuerdo con los artículos 17 y 9.1.a) de la LOREG.