Pretensión de anulación global del voto por correo por indicios genéricos de fraude
Desestima el recurso del PSOE que pedía anular el voto por correo en Gibraleón, o subsidiariamente en determinadas Mesas, por indicios de uso fraudulento como su porcentaje (13,10 % del censo): no cabe una pretensión anulatoria formulada en términos de absoluta generalidad e inconcreción, sin precisar qué papeletas estarían viciadas ni por qué, cuando el artículo 108 de la LOREG exige la constancia en acta de las incidencias concretas; lo impiden además la presunción de legitimidad de los actos de las Mesas, el principio de proporcionalidad y el de conservación de los actos electorales, que reserva la anulación como solución extrema.
También afecta a: § 14.4