Acuerdo 466/2023, de 28 de junio de 2023

AcuerdoCriterio general

Toma de posesión del Alcalde sin reiterar el juramento o promesa prestado como concejal

Resumen

La toma de posesión del Alcalde proclamado que no reitera para ese cargo el juramento o promesa ya prestado como concejal no constituye irregularidad invalidante, sin perjuicio de que lo preste en el primer Pleno de la corporación que se celebre, según reitera la JEC con cita de su Acuerdo 813/1995, de 22 de junio; al tratarse de una irregularidad no invalidante, son válidas las actuaciones del Alcalde hasta la toma de posesión en la primera sesión plenaria.

Epígrafe
§ 22.2 Toma de posesión y juramento o promesa
Sesión
2023-06-28
Expediente
354/674

También afecta a: § 22.3

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →