Papeletas del CERA en elecciones municipales con nombres de solo algunos candidatos
Son nulos los dos votos de electores del CERA en cuyas papeletas, en blanco y destinadas a que el elector escriba el nombre del municipio y la denominación o siglas de la candidatura, figura en su lugar el nombre de cuatro candidatos, el cabeza de lista y otros tres: en los municipios en que se vota por el sistema de listas el voto ha de darse a todos los candidatos sin exclusión, y no queda clara e indubitada la voluntad de votar a la lista completa. Desestima el recurso de la coalición Progrés Municipal relativo a Talarn y confirma el criterio de la Junta Electoral de Zona.
También afecta a: § 14.6