Acuerdo 48/2001, de 20 de abril de 2001

AcuerdoTrámite

Acreditación de la identidad de los internos penitenciarios para solicitar el voto por correo

Resumen

Debe considerarse vigente el criterio fijado por el acuerdo de la JEC de 5 de mayo de 1993 sobre acreditación de la identidad de los internos en establecimientos penitenciarios a efectos de la solicitud del voto por correo, reiterado en resolución de 10 de febrero de 2000, ratificada por la JEC el día 15 siguiente; el acuerdo se remite a él sin reproducirlo.

Epígrafe
§ 14.9 Internos en centros penitenciarios, hospitalizados y residentes en centros asistenciales
Sesión
2001-04-20
Expediente
329/58

También afecta a: § 14.1

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →