Acreditación de la identidad de los internos penitenciarios para solicitar el voto por correo
Debe considerarse vigente el criterio fijado por el acuerdo de la JEC de 5 de mayo de 1993 sobre acreditación de la identidad de los internos en establecimientos penitenciarios a efectos de la solicitud del voto por correo, reiterado en resolución de 10 de febrero de 2000, ratificada por la JEC el día 15 siguiente; el acuerdo se remite a él sin reproducirlo.
También afecta a: § 14.1