Acuerdo 48/2008, de 7 de febrero de 2008

AcuerdoCriterio general

Presentación de candidaturas por fax

Resumen

No es válida la presentación de candidaturas por fax, porque lo impiden la necesaria constancia de la firma de los candidatos y los demás requisitos formales; es criterio reiterado de la JEC.

Epígrafe
§ 8.1 Presentación: plazo, lugar, legitimación y documentación
Sesión
2008-02-07
Expediente
283/490

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