Acuerdo plenario municipal de posicionamiento sobre el objeto de un referéndum
La legislación vigente no prohíbe que una corporación local, en el ejercicio de sus atribuciones, apruebe mociones o resoluciones en las que manifieste su criterio sobre la materia objeto del referéndum, sin que en ningún caso esos acuerdos puedan traducirse en una campaña de propaganda que vulnere el deber de neutralidad política que ante un referéndum corresponde a los poderes públicos.
También afecta a: § 10.4