Denominación de la candidatura que debe figurar en las papeletas
En las papeletas debe constar estrictamente la denominación de la candidatura tal como fue proclamada por la correspondiente Junta Electoral Provincial, lo que se comunica a la coalición En Comú Podem ante su solicitud de rectificación del nombre en las papeletas al Congreso y al Senado.
También afecta a: § 7.4