Acuerdo 51/1990, de 17 de octubre de 1990

AcuerdoCriterio general

Compatibilidad del Delegado Territorial de una Comunidad Autónoma con cargos locales electivos

Resumen

No concurre causa de incompatibilidad entre el cargo de Delegado Territorial de una Comunidad Autónoma y el de concejal o Diputado Provincial; es criterio reiterado.

Epígrafe
§ 5.6 Incompatibilidad de concejales: otros cargos, empleos y situaciones
Sesión
1990-10-17
Expediente
000/90101708

También afecta a: § 5.7

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