Acuerdo 513/1999, de 22 de junio de 1999

AcuerdoCaso concreto

Recurso contra el escrutinio general con alegaciones genéricas e identificación de un elector

Resumen

Desestima el recurso contra el escrutinio de Agüimes: las peticiones de alcance general e inconcreto (que se analicen de nuevo las actas por posible duplicidad, que se reexamine la validez de los votos nulos o las certificaciones censales), no referidas a supuestos ni pretensiones concretas, son de imposible consideración en el recurso del artículo 108.3 de la LOREG; la apreciación de la identidad de cada elector queda sometida al criterio de la Mesa conforme al artículo 85.4 de la LOREG, sin que la simple alegación de falta de notoriedad del conocimiento de un elector al que se permitió votar sin documento identificativo permita revisar su acuerdo.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
1999-06-22
Expediente
333/111

También afecta a: § 16.2

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