Incompatibilidad entre la condición de concejal y la de funcionario del mismo Ayuntamiento
Conforme al artículo 178.2.b) de la LOREG, concurre causa de incompatibilidad con la condición de concejal en los funcionarios o restante personal en activo al servicio del respectivo Ayuntamiento; a la vista de ese precepto, el artículo 5 de la Ley de Incompatibilidades debe entenderse referido a concejales de un Ayuntamiento distinto de aquel en que se es funcionario.