Acuerdo 533/1995, de 17 de abril de 1995

AcuerdoCaso concreto

Anuncios en prensa de un Gobierno autonómico en período electoral

Resumen

Desestima el recurso del Consejo de Gobierno de La Rioja contra el acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma que le incoa expediente sancionador por presunta infracción del artículo 50.1 de la LOREG y le requiere para que se abstenga de toda campaña no permitida: los anuncios publicitarios insertados en la prensa por acuerdo del Consejo de Gobierno o de alguno de sus miembros exceden de los límites de las campañas que los poderes públicos pueden realizar en período electoral, definidos por sucesivos acuerdos de la JEC que se resumen en el de 24 de febrero de 1995, notificado a todos los Consejos de Gobierno autonómicos.

Epígrafe
§ 10.2 Campañas de logros y publicidad institucional
Sesión
1995-04-17
Expediente
290/200

También afecta a: § 19.1

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