Acuerdo 55/1983, de 17 de enero de 1983

AcuerdoCaso concreto

Embargo de subvenciones electorales y de la subvención a un grupo parlamentario

Resumen

En cuanto al embargo de las subvenciones electorales correspondientes a Unión de Centro Democrático por cada Diputado electo, la JEC contesta al Juzgado en los mismos términos que a la consulta anterior; respecto de la subvención que dicha formación pueda percibir como grupo parlamentario, la JEC carece totalmente de competencia.

Epígrafe
§ 18.5 Aportaciones, créditos y entidades financieras
Sesión
1983-01-17
Expediente
000/83011705

También afecta a: § 18.3 · § 21.4

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