Órgano competente para aplicar el régimen de incompatibilidades de Diputados y Senadores
La aplicación del régimen de incompatibilidades de Diputados y Senadores corresponde al Pleno de la respectiva Cámara, previo dictamen de la Comisión correspondiente; así se responde a una consulta sobre la incompatibilidad de la Directora Gerente de una fundación estatal.
También afecta a: § 5.8