Acuerdo 574/1999, de 29 de junio de 1999

AcuerdoCriterio general

Declaración de intereses como requisito para tomar posesión del cargo de concejal

Resumen

Con arreglo al artículo 108.8 de la LOREG, para tomar posesión y adquirir la plena condición de sus cargos los concejales, además de jurar o prometer acatamiento a la Constitución, deben cumplimentar los demás requisitos previstos en las leyes o reglamentos correspondientes, entre ellos la declaración de intereses.

Epígrafe
§ 22.2 Toma de posesión y juramento o promesa
Sesión
1999-06-29
Expediente
351/688

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