Acuerdo 58/1997, de 21 de abril de 1997

AcuerdoCriterio general

Incompatibilidad entre el cargo de concejal y la condición de policía municipal en activo

Resumen

Los miembros en activo de las Policías locales o municipales son inelegibles conforme a los artículos 6.1 i) y 177 de la LOREG y, por tanto, incompatibles con el cargo de concejal, a tenor del artículo 178.1 de la misma ley, según criterio reiterado.

Epígrafe
§ 5.1 Inelegibilidad por cargo, función o empleo público
Sesión
1997-04-21
Expediente
251/111

También afecta a: § 5.4

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