Mandamiento de apremio judicial y títulos ejecutivos del Reglamento General de Recaudación
La regulación de los títulos ejecutivos contenida en el Reglamento General de Recaudación y demás legislación concordante no puede legalmente alterar la exigencia del artículo 178.1 de la LOREG de que las causas de incompatibilidad contempladas en él requieren que el mandamiento de apremio haya sido expedido por resolución judicial; se reitera así la resolución de la Presidencia de 10 de marzo de 1997, ratificada por la JEC, sobre la presunta incompatibilidad de un alcalde.
También afecta a: § 5.7