Acuerdo 620/2003, de 11 de septiembre de 2003

AcuerdoCriterio general

Certificación de resultados a los efectos del artículo 193.3 de la LOREG

Resumen

No ha lugar a librar la certificación de resultados de las elecciones locales solicitada por la Federació d'Independents de Catalunya, pues la JEC tiene reiteradamente acordado que, a los efectos del artículo 193.3 de la LOREG, ha de obtenerse representación en el 50 por ciento de los municipios de más de 10.000 habitantes de la provincia.

Epígrafe
§ 18.3 Subvenciones electorales: requisitos y cuantía
Sesión
2003-09-11
Expediente
230/17

También afecta a: § 17.8

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