Acuerdo 637/2019, de 23 de octubre de 2019

AcuerdoCriterio general

Debate entre partidos con grupo parlamentario y compensación a las formaciones excluidas

Resumen

Estima parcialmente el recurso de la coalición Junts contra el Plan de Cobertura Informativa de RTVE. Reitera que organizar un debate solo entre los partidos que tuvieron grupo parlamentario en la anterior legislatura respeta los principios de pluralismo político, igualdad y proporcionalidad, por ser un criterio objetivo, siempre que se compense de manera suficiente a las demás candidaturas con representación (Acuerdos de 3 de noviembre de 2011 y 2 de diciembre de 2015; STS de 2 de octubre de 2006), por lo que no procede incluir a la recurrente en el «Debate a 7». No corresponde a la JEC determinar la forma de compensación, pero sí examinar su adecuación: la entrevista de 8 minutos en «Los Desayunos de TVE» es insuficiente, pues se ofrece a todas las formaciones con representación y su duración apenas supera la asignada al PNV; en cambio, la entrevista de 15 minutos sobre los mismos contenidos del debate, ofrecida por RTVE en sus alegaciones, es compensación razonable y suficiente.

Epígrafe
§ 11.5 Debates electorales en medios públicos
Sesión
2019-10-23
Expediente
293/1125

También afecta a: § 11.3 · § 11.6

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