Entrega de las listas del censo electoral a un Ayuntamiento para una consulta popular
Conforme al artículo 41.2 de la LOREG, queda prohibida cualquier información particularizada sobre los datos personales contenidos en el censo electoral, salvo los que se soliciten por conducto judicial, por lo que la Oficina del Censo Electoral actuó correctamente al no facilitar las listas del censo al Ayuntamiento que las pedía para celebrar una consulta popular.
También afecta a: § 26.3