Cobertura de vacantes de concejal sin candidatos ni suplentes en municipios vascos
Las vacantes de concejal de varios Ayuntamientos de Guipúzcoa y Vizcaya en las que no quedan candidatos ni suplentes se cubren conforme al procedimiento de la Instrucción de la JEC de 10 de julio de 2003 sobre sustitución de cargos representativos locales, a la que el acuerdo se remite.