Cómputo de candidaturas en solitario y en coalición para acceder a espacios gratuitos en RTVE
Desestima el recurso de Equo contra la distribución de espacios gratuitos: a efectos del requisito del artículo 64.2 de la LOREG de presentar candidaturas en más del 75 por 100 de las circunscripciones, no pueden sumarse las presentadas por una entidad en solitario y aquellas en las que concurre en coalición, pues el precepto distingue entre partidos, federaciones y coaliciones; es doctrina reiterada, aplicada también a las coaliciones formadas por el Partido Popular en algunas Comunidades Autónomas. En elecciones simultáneas basta alcanzar el umbral en una Cámara (40 candidaturas en el Congreso o 46 en el Senado), y Equo solo cuenta con 38 y 40. No tiene derecho a espacios en la programación nacional de RTVE, sin perjuicio de obtenerlos en las desconexiones territoriales de las circunscripciones en que haya presentado válidamente candidatura.
También afecta a: § 7.2