Tiempo asignado a una coalición sin representación en el plan de cobertura de Onda Cádiz
Desestima el recurso de Recortes Cero-Grupo Verde y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Cádiz sobre el Plan de Cobertura Informativa de Onda Cádiz: la recurrente confunde la cobertura informativa, sujeta al artículo 66 de la LOREG y aquí aplicable, con la distribución de espacios gratuitos del artículo 64; al no haber obtenido representación en la provincia de Cádiz en las anteriores elecciones al Congreso ni el 5% de votos que exige la Instrucción 4/2011 de la JEC para ser grupo político significativo, el tiempo de información que le corresponde es el aplicable al resto de candidaturas en esa misma situación, sin vulneración de los principios del artículo 66.
También afecta a: § 11.7