Grupo político significativo por el resultado de las últimas elecciones equivalentes
La condición de grupo político significativo del número 2.3 del apartado cuarto de la Instrucción 4/2011 puede reconocerse a la formación que alcanzó el 5% de los votos válidos en las últimas elecciones equivalentes sin obtener representación, aunque no lo lograra en procesos posteriores: exigir que el porcentaje proceda solo de elecciones posteriores es una interpretación extremadamente literalista, contraria a la finalidad de la figura y a la interpretación más favorable al ejercicio de los derechos fundamentales, y llevaría al absurdo de descartar el resultado de las últimas elecciones equivalentes. Desestima el recurso de la CRTVG y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de A Coruña que reconoció esa condición a VOX, que había obtenido el 5,27% de los votos en Galicia en las últimas elecciones al Congreso.
También afecta a: § 11.3