Acuerdo 7/2006, de 16 de febrero de 2006

AcuerdoCriterio general

Cese de vocales de una comisión gestora por la formación política que los propuso

Resumen

Los vocales de Juntas Vecinales y los miembros de Comisiones Gestoras solo pueden ser sustituidos por renuncia, fallecimiento, incapacidad o inhabilitación, y no por voluntad de la candidatura que los propuso. Es criterio reiterado.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
2006-02-16
Expediente
359/195

También afecta a: § 24.7

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