Competencia para convocar elecciones locales parciales
Revoca, en virtud de la competencia del artículo 19.1.e) de la LOREG, el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Vilafranca del Penedès que fijaba la fecha de las elecciones locales parciales en el municipio de Mediona, porque la competencia para convocar dichas elecciones corresponde al Gobierno de la Nación.
También afecta a: § 1.2