Acuerdo 71/2021, de 28 de enero de 2021

AcuerdoCaso concreto

Asistencia de electores disfrazados a los colegios electorales en Carnaval

Resumen

A la petición de pronunciamiento sobre el derecho de los votantes a acudir libremente ataviados a los colegios electorales, sin simbología partidista, por coincidir la votación con el Carnaval, la JEC responde recordando que tiene declarado (Acuerdos 148/2016, de 15 de junio, y 119/2020, de 1 de julio) que el artículo 93 prohíbe realizar propaganda electoral de ningún género en los locales electorales o en sus inmediaciones.

Epígrafe
§ 16.4 Orden en los locales, propaganda y presencia de terceros
Sesión
2021-01-28
Expediente
339/203

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →