Acuerdo 73/1977, de 28 de abril de 1977

AcuerdoCriterio general

Acreditación de la identidad de los firmantes de adhesiones a candidaturas independientes

Resumen

La identidad de los firmantes de adhesiones en la presentación de candidaturas puede acreditarse mediante simple presentación en las oficinas de la Junta Electoral Provincial correspondiente exhibiendo el Documento Nacional de Identidad, o por medio de acta notarial; el criterio se dirige como Circular a todas las Juntas Electorales Provinciales.

Epígrafe
§ 8.4 Firmas y avales
Sesión
1977-04-28
Expediente
000/77042806

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