Acuerdo 748/2003, de 9 de abril de 2003

AcuerdoCriterio general

Sufragio pasivo en elecciones municipales de un extranjero no comunitario

Resumen

Conforme a los artículos 6 y 177 de la LOREG, en las elecciones municipales solo son elegibles los extranjeros residentes en España que sean ciudadanos de la Unión Europea, lo que se responde a la consulta sobre un ciudadano de nacionalidad suiza residente en Málaga.

Epígrafe
§ 5.3 Requisitos generales de elegibilidad
Sesión
2003-04-09
Expediente
251/255

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