Acuerdo 769/2003, de 21 de abril de 2003

AcuerdoCriterio general

Identidad de las formaciones políticas en el reparto de diputados provinciales

Resumen

En el reparto de diputados provinciales ha de atenderse a la identidad de las formaciones políticas, al margen de la denominación específica que puedan adoptar en alguna circunscripción, pero considerándose candidaturas distintas las presentadas por una coalición y las presentadas por un partido.

Epígrafe
§ 24.1 Diputaciones provinciales: distribución de puestos y elección de diputados
Sesión
2003-04-21
Expediente
351/915

También afecta a: § 7.2

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